Tal y como enuncia la Ley Foral 16/2005, de 5 de diciembre, de Ordenación Vitivinícola, “la gestión de la denominación de origen está encomendada a su Consejo Regulador, en el que estarán representados los productores y comercializadores y tendrá naturaleza de corporación de derecho público. Tiene personalidad jurídica propia, autonomía económica, plena capacidad jurídica y capacidad para el cumplimiento de sus fines”.
Asimismo añade que “tiene como finalidad la representación, defensa, garantía, investigación y desarrollo de mercados y promoción de los vinos amparados y de la denominación de origen”.
En virtud de la misma norma, que traspone los preceptos introducidos por la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y el Vino, el control de los vinos de la Denominación de Origen queda encomendado a un Órgano de Control único en la figura de la sociedad pública Instituto de Calidad Agroalimentaria de Navarra (ICAN).
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